• A nivel contable, en muchas empresas se consideran pagadas aquellas facturas a las que se ha comunicado un confirming, aunque el proveedor solo puede cobrarlas íntegramente al vencimiento del “pago confirmado”, que puede alcanzar los 240 días
  • En el balance de las cuentas anuales de las compañías estas operaciones de confirming con recurso no son consideradas deuda financiera, ya que se incluyen en la partida de deuda a proveedores
  • El confirming creció el año pasado un 4,80%, ascendiendo a 67.936  millones de euros

 

Madrid, 7 de diciembre de 2017.- La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) ha constatado un aumento significativo de operaciones de confirming en las grandes compañías, unos productos financieros que alargan los plazos de pago a proveedores o gestionan el cobro con unos considerables descuentos. En ambos casos, por tanto, este medio de pago perjudica de manera importante a los proveedores de estas empresas –generalmente Pymes y autónomos– situándolos en una situación de vulnerabilidad e indefensión ante la reclamación de las facturas. 

El confirming es un servicio de pago a proveedores por el cual una entidad financiera es la encargada de gestionar y pagar las facturas de una compañía a costa de que el proveedor reciba el cobro mucho tiempo después o sometido a un importante descuento. Según datos de la Asociación Española de Factoring (AEF), el confirming creció el año pasado un 4,80%, ascendiendo a 67.936  millones de euros. Junto con el factoring, representa un 18,35 % del PIB.

Igualmente, PMcM ha constatado que en sus memorias muchas compañías consideran como pagadas aquellas facturas a las que se ha comunicado un “confirming” al proveedor, si bien, estos recibos solo se cobran sin coste para el proveedor al vencimiento del “pago confirmado”. Estos plazos pueden llegar a alcanzar hasta los 240 días.

En este sentido, PMcM recuerda que las compañías tienen la obligación de incluir en sus memorias corporativas información sobre los plazos de pago a proveedores. En el caso de las empresas del IBEX-35, estos informes son auditados –normalmente por alguna de las consultoras Big Four–, y sometidos al análisis de la CNMV.

A pesar de estas revisiones, las operaciones de confirming determinan que las deudas con los proveedores figuren como pagadas a efectos del cálculo del periodo medio de pago,  al contemplar la fecha de entrega del confirming como día de pago. Asimismo, en el balance de las cuentas anuales de las compañías estas operaciones no son consideradas deuda financiera, ya que se incluyen en la partida de deuda a proveedores.

Para Antoni Cañete, presidente de la PMcM, “el confirming está muy extendido en las grandes empresas, ya que tienen un volumen importante de deuda de este tipo y negocian con las entidades bancarias para obtener liquidez sin pensar en el proveedor, que sigue sin cobrar. Por ello, es crucial diferenciar los plazos de pago y los medios de pago: hay que obligar a abonar las facturas dentro de los 60 días de límite máximo que marca la ley y sancionar a las organizaciones que tengan la “picaresca” de alargar los plazos utilizando el confirming u otros productos financieros”.

Asimismo, Cañete señala que “en otros países la capacidad financiera de las grandes compañías se utiliza para ayudar a las Pymes. En España muchas empresas siguen utilizando el confirming para que sus operaciones de compra sean rentables, además de ‘adulterar’ sus balances y auditorias. Esta situación deriva, como es lógico, en graves consecuencias para nuestra economía y empresas, que hay que evitar y sancionar cuanto antes”.

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